Llamativos fallos judiciales tras los amparos de las obras sociales para recuperar afiliados de las prepagas

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Más de una decena de obras sociales presentó ya amparos para frenar el fin de la triangulación de aportes y poder así recuperar los afiliados que, a partir de una decisión del Gobierno, ahora pasaron a depender directamente de las prepagas. Las primeras presentaciones tienen ya dos semanas, pero los reclamos están por ahora enredados en la burocracia judicial.

En al menos cinco de las causas, presentadas en el fuero Civil y Comercial Federal, los jueces ya se declararon incompetentes y remitieron los expedientes al fuero Contencioso Administrativo. Se espera que el resto de los amparos siga el mismo derrotero.

El argumento de algunos fiscales, al ser consultados por los jueces en el circuito habitual, es que se trata de una demanda de orden público y administrativo -en la que hay una norma cuestionada en juego-, en lugar de un conflicto entre privados. Otros fiscales consideraron que el fuero Civil y Comercial podría ser competente, pero como esa opinión no es vinculante los jueces de todas formas se declararon incompetentes. Sería extraño que una parte de los amparos se terminara de resolver en un fuero y el resto, en otro.

Lo llamativo del caso es que en 2024, cuando el Gobierno demandó a las prepagas por el aumento de las cuotas, el conflicto se dirimió en el fuero Civil y Comercial. El titular del juzgado N° 3, Juan Stinco, logró acercar entonces a las partes para firmar un acuerdo que fijó una hoja de ruta y encausó la situación. No hubo problemas de competencia para que la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) pudiera accionar en ese ámbito contra las empresas de medicina.

Claro que en ese caso la controversia pudo haberse interpretado judicialmente como un conflicto entre privados, en el sentido de que la SSS accionaba como querellante en representación de los afiliados damnificados por la suba de las cuotas. Como sea, ahora la situación es al revés, ya que tanto la SSS como el Ministerio de Salud son los demandados por las obras sociales.

Gabriel Oriolo, superintendente de Servicios de Salud, y Mario Lugones, ministro de Salud de la Nación, impulsores de los cambios.

En este caso ha surgido un escenario de dilación producto, precisamente, de definir la competencia de los jueces intervinientes. Esto indefectiblemente le pone más suspenso a la definición del reclamo, más allá de para qué lado se termine volcando luego la balanza.

Desde las obras sociales existe el temor de que las demandas queden enroscadas en el laberinto de las competencias judiciales, dado que el fuero Contencioso Administrativo podría a su vez declararse incompetente y entonces deberían ser las respectivas Cámaras las que se pronuncien, sin descartar que el asunto tras esa segunda instancia termine recayendo en la Corte.

Al sector tampoco se le escapa que la Ley de Amparo prevé que el juez que recibe la solicitud, en función del perjuicio que podría ocasionarle al demandante la demora de una eventual cautelar, debería ser el responsable de dictar un primer fallo más allá de que luego decida declararse incompetente. ¿O es que la falta de prisa lleva implícito el mensaje de que los daños esgrimidos, de existir, no serían inminentes y dignos de medidas precautorias?

La decisión del Gobierno de terminar por default con las triangulaciones de aportes de la seguridad social -en lugar de que cada afiliado tome una decisión sobre el destino de ese dinero- provocó esta reacción judicial en cadena de las obras sociales, que hasta ahora esperaban agazapadas que la medida anunciada por el Gobierno finalmente se hiciera efectiva, lo que sucedió el 30 de enero.

El objetivo del Gobierno es terminar con los “sellos de goma”, que se quedaban con un porcentaje del aporte de los trabajadores y derivaban el resto, sin prestar servicio alguno. Pero no todas las obras sociales afectadas por la medida tienen esa condición, ya que varias de ellas poseen una red propia de prestadores y satisfacían la demanda de los afiliados de manera compartida con las prepagas con las que triangulaban.

Juan Stinco, titular del juzgado Civil y Comercial Federal N°3, dirimió en 2024 el conflicto entre el Gobierno y las prepagas. Foto: Senado TV

Los argumentos de las obras sociales en la Justicia se repiten en la decena de amparos ingresados. Hablan de un atentado contra el derecho de propiedad, al disponer unilateralmente sobre los aportes y contribuciones que forman parte del sistema de seguridad social, a contramano de los principios de solidaridad y equidad. También afirman que la resolución oficial 1/2025 contradice normas de mayor jerarquía, como leyes y decretos que regulan el sistema de salud.

A eso suman que la resolución impondría una expropiación encubierta de los recursos administrados por las obras sociales sin compensación, contrariando el artículo 17 de la Constitución Nacional. “La pérdida de afiliados y de los fondos que estos aportan afecta la capacidad financiera de las obras sociales para cumplir con sus obligaciones legales, poniendo en riesgo la cobertura médica de aquellos afiliados que aún permanezcan dentro del sistema”, dice una de las presentaciones.

Iniciativa del Gobierno

Mientras tanto, el Gobierno busca mostrar los primeros resultados positivos del nuevo esquema que ha instaurado, algo que logró cuando la semana pasada las principales prepagas del país anunciaron que en marzo no les aumentarán la cuota a los afiliados que derivan aportes, flujo que antes pasaba por las obras sociales y ahora llega de manera directa a las coberturas privadas.

El Gobierno sigue tomando la iniciativa en su objetivo de ordenar de otra manera el sistema de salud. En las últimas horas hubo dos medidas en ese sentido: la intervención de una séptima obra social y un operativo de fiscalización en la obra social y prepaga Luis Pasteur, cuyo trámite mereció un posteo en la red X del titular de la SSS, Gabriel Oriolo, para contar que la entidad se había negado a recibir a los auditores.

“Finalmente, el equipo técnico pudo ingresar, pero la obra social no entregó la información solicitada impidiendo realizar el trabajo”, afirmó. Y agregó: “Todas los Agentes del Seguro de Salud (obras sociales nacionales y prepagas) deben saber que la SSS está haciendo auditorías donde se analiza integralmente el funcionamiento prestacional, económico financiero, institucional y jurídico de cada uno”.

En cuanto a la nueva entidad intervenida, en este caso el blanco fue la Obra Social de Fotógrafos, por un plazo de 180 días. La SSS explicó en un comunicado: “Los auditores detectaron severas irregularidades como el insuficiente y limitado acceso a las prestaciones médico-asistenciales y la falta de presentación de documentación obligatoria. Además, la Obra Social no posee Equipo Interdisciplinario de Discapacidad ni de Salud Mental, entre otras anomalías”.

PS

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