Cuáles son los montos máximos que controla ARCA en billeteras virtuales en diciembre

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigentes en diciembre de 2025 los topes de dinero que pueden moverse a través del sistema financiero sin que las entidades estén obligadas a requerir comprobantes sobre el origen de los fondos. Estos límites alcanzan a bancos, billeteras virtuales y otras plataformas de pago.

Los montos, que rigen desde el 1° de junio, son utilizados por las entidades financieras como referencia para informar operaciones que superan determinados valores. Cuando esto ocurre, pueden activarse controles adicionales, pedidos de documentación o demoras en las operaciones habituales de los usuarios.

ARCA supervisa transferencias, acreditaciones, saldos, extracciones y movimientos en billeteras virtuales. En el caso de las personas físicas, el límite mensual general es de 50 millones de pesos, mientras que para las personas jurídicas el tope se reduce a 30 millones de pesos. Estos valores contemplan el total de movimientos realizados dentro del mes.

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De acuerdo con la normativa vigente, los montos máximos autorizados en diciembre de 2025 son los siguientes: transferencias o acreditaciones por hasta 50 millones de pesos para personas físicas y 30 millones para personas jurídicas; extracciones en efectivo de hasta 10 millones de pesos para ambos casos; saldos bancarios al cierre del mes por hasta 50 millones de pesos en el caso de personas físicas y 30 millones para jurídicas.

En cuanto a las billeteras virtuales, los límites de movimientos y saldos son los mismos que los establecidos para cuentas bancarias: hasta 50 millones de pesos mensuales para personas físicas y 30 millones para personas jurídicas. En el caso de los plazos fijos, el tope asciende a 100 millones de pesos para personas físicas y se mantiene en 30 millones para personas jurídicas.

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También se fijó un límite para compras realizadas como consumidor final, que es de hasta 10 millones de pesos. A partir de ese monto, las operaciones pueden quedar sujetas a controles adicionales y a la obligación de respaldar el origen de los fondos utilizados.

Cuando una persona o empresa supera los montos establecidos, los bancos y billeteras virtuales deben informar la operación a ARCA. A partir de ese aviso, el organismo puede iniciar un proceso de verificación y solicitar documentación que permita justificar el origen del dinero involucrado.

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Entre los comprobantes que ARCA puede requerir se encuentran recibos de sueldo, comprobantes previsionales, declaraciones juradas impositivas, facturas por ventas o prestación de servicios, y constancias de transferencias previas. La presentación de esta documentación es clave para evitar sanciones o restricciones operativas.

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Si el origen de los fondos no puede ser justificado, el organismo está habilitado a aplicar multas y, en determinados casos, a disponer el bloqueo temporal de las cuentas bancarias o billeteras virtuales involucradas, hasta tanto se regularice la situación.

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En los casos en que los montos estén expresados en moneda extranjera, ARCA dispone que se conviertan a pesos tomando como referencia la cotización tipo comprador. Para las criptomonedas, se utiliza el último valor de referencia tipo comprador definido por el sujeto obligado que reporta la operación.

Desde el organismo recordaron que estos límites no son permanentes. ARCA revisa y actualiza los topes cada seis meses, tomando como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC. Por ese motivo, recomiendan a los usuarios mantenerse informados para evitar inconvenientes con sus cuentas bancarias o billeteras virtuales.

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