Linares propone declarar a Comodoro zona de catástrofe y crear un fondo para otorgar créditos a tasa cero a los afectados

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El senador y ex intendente de Comodoro, Carlos Linares, presentó un proyecto para que el Congreso de la Nación declare a Comodoro como “zona de desastre y de emergencia geológica, social, económica y urbanística”, por el plazo de 180 días, debido a los daños provocados por el desplazamiento del cerro Hermitte.

“La declaración de emergencia debe tomarse de modo urgente para dotar de recursos al municipio y a la provincia, y de ese modo enfrentar la complicada situación que atraviesan los ciudadanos afectados, ya que este deslizamiento dejó a cientos de personas sin hogar y a comerciantes sin la posibilidad de continuar realizando sus actividades”, señala el proyecto presentado por Linares.

La iniciativa legislativa plantea además la creación de un fondo con aportes del Tesoro Nacional para otorgar créditos a tasa cero a los damnificados, además de beneficios impositivos ante AFIP y ANSES.

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X de Carlos Linares

“Facúltase al Poder Ejecutivo a instrumentar regímenes especiales de pago de sus obligaciones previsionales e impositivas por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), debiendo los beneficiarios acreditar —en forma fehaciente mediante certificados extendidos por las autoridades municipales o provinciales— su situación de desastre y emergencia”, sostiene uno de los artículos del proyecto de ley.

El texto presentado por Linares señala además que el Poder Ejecutivo Nacional deberá coordinar con la provincia y el municipio para ejecutar las soluciones necesarias. “Le solicité una reunión al ministro del Interior, @diegosantilli, para ponerlo al tanto de la situación y del proyecto y ver qué trabajo en conjunto podemos realizar para brindarle a la ciudad la asistencia necesaria”, afirmó Linares.

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El texto completo del proyecto presentado por Linares

El presente proyecto de ley tiene como objetivo que este Honorable Congreso de la Nación declare zona de desastre y de emergencia geológica, social, económica y urbanística, por el plazo de ciento ochenta días, a la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia del Chubut, debido al deslizamiento de tierra en la ladera sur del cerro Hermitte ocurrido en la madrugada del domingo 18 de enero del corriente año.

En este marco, el movimiento del suelo provocó el colapso parcial y total de viviendas, cortes de caminos, daño en la infraestructura urbana de los barrios ubicados al pie de esta ladera, y obligó a la evacuación urgente de más de 90 familias, principalmente de los barrios Sismográfica y El Marquesado.

La declaración de emergencia debe tomarse de modo urgente para dotar de recursos al municipio y a la provincia, y de ese modo enfrentar la complicada situación que atraviesan los ciudadanos afectados, ya que este deslizamiento dejó a cientos de personas sin hogar y a comerciantes sin la posibilidad de continuar realizando sus actividades.

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El desplazamiento en cuestión generó grietas profundas en la tierra y en las estructuras edificadas sobre dicho terreno, al tiempo que generó derrumbes parciales en construcciones que se encontraban sobre la ladera del cerro.

En este sentido, ante el inminente colapso de las construcciones dañadas y la posibilidad de nuevos deslizamientos de tierra, Bomberos Voluntarios, Defensa Civil y personal policial intervinieron para ordenar la evacuación preventiva y prohibir el acceso al lugar para aquellos que quisieron regresar a sus hogares para recuperar elementos personales.

Los daños ocasionados por el desplazamiento en el cerro Hermitte no solo obligará a la relocalización de cientos de personas en la ciudad de Comodoro Rivadavia, sino que su municipalidad, junto con las autoridades provinciales, tendrán un desafío urbanístico, económico, geológico y social para proyectar las nuevas construcciones, y sobre todo llevar a cabo nuevos estudios que prevengan daños ante posibles desplazamientos en los cerros que rodean la ciudad.

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En este contexto, la posibilidad de que estos fenómenos continúen ocurriendo, exige un abordaje técnico urgente que focalice los esfuerzos en el monitoreo continuo y en estudios específicos del terreno de los cerros para poder delimitar zonas seguras, zonas de restricción, y proyectar una urbanización sin riesgos para la ciudadanía.

Por los motivos expuestos, es necesario que el Poder Ejecutivo nacional tome las medidas necesarias y brinde tanto apoyo económico como soluciones específicas a las diversas problemáticas que afectan a los ciudadanos de Comodoro Rivadavia.

A raíz de la urgencia del caso, solicito el acompañamiento de mis pares en la aprobación del presente proyecto de ley.

Proyecto de ley

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Declárase zona de desastre y de emergencia geológica, social, urbanística y económica a la ciudad de Comodoro Rivadavia.

Artículo 1°: Declárase zona de desastre y de emergencia geológica, urbanística, social y económica, por el plazo de ciento ochenta (180) días, a la ciudad de Comodoro Rivadavia, Departamento Escalante, provincia del Chubut, debido al desplazamiento del Cerro Hermitte.

Artículo 2°: El Poder Ejecutivo nacional constituirá, en un plazo de treinta (30) días desde la publicación de la presente, un fondo especial con aportes del Tesoro Nacional para el otorgamiento de créditos a tasa 0% (CERO POR CIENTO) para las personas que hayan perdido sus hogares, como así también para los comerciantes y todos los afectados en la ciudad mencionada en el artículo 1° que acrediten haber tenido perjuicios patrimoniales a raíz del desplazamiento de tierra ocurrido en Comodoro Rivadavia el domingo 18 de enero del corriente año, que provocó rotura de casas, infraestructura, cortes de caminos y la necesidad de cerrar el acceso a la zona en cuestión por la posibilidad de nuevos desplazamientos y derrumbes.

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Artículo 3°: Facúltase al Poder Ejecutivo a instrumentar regímenes especiales de pago de sus obligaciones previsionales e impositivas por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), debiendo los beneficiarios acreditar —en forma fehaciente mediante certificados extendidos por las autoridades municipales o provinciales— su situación de desastre y emergencia.

Artículo 4°: El Poder Ejecutivo nacional, en coordinación con las autoridades del Gobierno de la provincia del Chubut y de la ciudad de Comodoro Rivadavia, instrumentará los dispositivos necesarios para dar cumplimiento a los fines de la presente ley.

Artículo 5°: La presente ley entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

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Artículo 6°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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