El concejal Valter Tavarone (Somos Fueguinos) cuestionó duramente el tratamiento en la Legislatura Provincial de un proyecto de modificación del ejido urbano de Ushuaia, sin que se le dé intervención al Concejo Deliberante y sobre todo, violando lo que establece la Carta Orgánica municipal respecto de las modificaciones de uso de suelo urbano.
USHUAIA.- “Esta omisión debemos tomarla con la seriedad que se merece porque ni siquiera hemos sido invitados a un plenario de comisiones”, cuestionó Tavarone dirigiéndose a sus pares.
“Lamento que el exconcejal Juan Carlos Pino, actual legislador, haya presentado el proyecto sin consultarnos a este cuerpo, cuando hay un artículo específico en la Carta Orgánica que él conoce perfectamente. Aunque no tuvo el honor de ser convencional constituyente, sí era presidente de este cuerpo al momento en que se reformó la Carta Orgánica en relación a la necesidad de que se haga un plebiscito, un referéndum popular para cualquier tipo de modificación del suelo urbano. Realmente lamento que 15 legisladores que representan a todo el pueblo de la provincia hayan omitido convocar a los representantes del pueblo de la ciudad de Ushuaia”, se quejó.
“No podemos tolerar que se adopten decisiones sentados en un sillón de la Legislatura provincial. Un legislador provincial que representa al bloque de mi partido en la Legislatura dijo que algunas cosas se resuelven usando el 011, refiriéndose al caso de las salmoneras”, expresó.
Por último, dirigiéndose a sus pares en el Concejo, Tavarone reclamó: “Me hubiera gustado ser invitado formalmente como concejal de la ciudad porque entiendo que se me ha faltado el respeto y a través de mí a todos los vecinos que represento”, concluyó el funcionario.
Qué dice la Carta Orgánica
En su artículo 234, la norma establece que deben someterse a Referéndum Popular además de los casos prescriptos por la presente Carta Orgánica y las normas que se dicten en consecuencia:
1. Las ordenanzas que dispongan desmembramiento o ampliación del territorio municipal o su fusión con otros municipios
2. Las enmiendas de esta Carta Orgánica
3. El otorgamiento de concesiones de obras y servicios públicos por un plazo superior a DIEZ (10) años.
